Las empresas de comercio electrónico de Andalucía estudian crear un tribunal arbitral a través de una de las asociaciones que representa a este sector, la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico (ANDCE)
Según explicó a Europa Press el presidente de esta asociación, Pedro Rodríguez, este tribunal será "externo e independiente de la asociación", de forma que nombrará a unos árbitros imparciales que serán los que diriman los posibles conflictos entre empresas. ANDCE pretende igualmente que este tribunal resuelva conflictos con consumidores.
Según ANDCE, los tipos de conflicto más frecuente son sobre la calidad de los productos, la fecha de entrega, los precios de la compra o la existencia de desperfectos.
De momento, el proyecto no está desarrollado excepto conceptualmente. Siempre según ANDCE,
Según explicó a Europa Press el presidente de esta asociación, Pedro Rodríguez, este tribunal será "externo e independiente de la asociación", de forma que nombrará a unos árbitros imparciales que serán los que diriman los posibles conflictos entre empresas. ANDCE pretende igualmente que este tribunal resuelva conflictos con consumidores.
Según ANDCE, los tipos de conflicto más frecuente son sobre la calidad de los productos, la fecha de entrega, los precios de la compra o la existencia de desperfectos.
De momento, el proyecto no está desarrollado excepto conceptualmente. Siempre según ANDCE,
- La Asociación Andaluza de Comercio Electrónico con el objeto de fomentar el Comercio Electrónico mediante el desempeño de funciones de arbitraje y mediación, y de acuerdo con los Estatutos de la Asociación, crea en el seno de la Comisión Arbitral de la Asociación, el Tribunal de Resolución Extrajudicial de Conflictos de esta Asociación.
- La Comisión Arbitral es el órgano colegiado supremo de gobierno y representación de esta Institución Arbitral.
- El Tribunal de Resolución Extrajudicial de Conflictos, es el órgano colegiado al que, de acuerdo con las funciones que se le asignan en este Reglamento, se le encomienda la administración y vigilancia de los arbitrajes y las acciones conciliadoras que se le sometan
- El procedimiento se ajustará en todo caso, a los principios de audiencia, contradicción e igualdad entre las partes.
- El Tribunal designará los Árbitros libremente en base a la naturaleza de la cuestión litigiosa y al lugar del arbitraje, sin más limitaciones que las que impongan la Ley o este Reglamento. A tal efecto tendrá elaborada públicamente una lista abierta y actualizada de Árbitros, aprobada por la Comisión Arbitral.
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